Imprimir
Visto: 591

El Ayuntamiemto no tendrá que hacer frente a las medidas cautelares demandadas por la Fundación Casa Pintada.

● Juan Jesús Moreno, Alcalde de Mula señalaba al conocer esta sentencia, "tenemos que ser cautos y que por el momento esta sentencia desestima las medidas cautelares solicitadas por la FCP, pero que que es un tema que aún está en manos de la justicia y el Ayuntamiento tiene que seguir trabajando y defendiendo los intereses de Mula". RADIO MULA SER 104.5FM.- AUDIO: https://www.ivoox.com/juan-jesus-moreno-medidas-cautelares-…

La imagen puede contener: una o varias personas, personas tocando instrumentos musicales e interior

El Ayuntamiento de Mula no tendrá que pagar, al menos de momento, la cantidad de 1.066.000 euros reclamaban como medida cautelar las Fundacion Casa Pintada Cristóbal Gabarrón al haber desestimado el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) su solicitud.

El auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso número Cinco de Murcia, no accedió a aprobar las medidas cautelares pedidas por las demandantes porque la contraprestación exigible al consistorio en virtud del convenio de colaboración suscrito en 2004 estaba falto de concreción.

Además, señala que “el pago, por su cuantía, podría ocasionar, presumiblemente, una perturbación grave en la hacienda municipal y en los intereses generales defendidos por el ayuntamiento”.

En su demanda, la Fundacion exponía que tenían derecho a percibir la suma reclamada, junto con sus intereses legales, en cumplimiento del convenio de colaboración.

En su recurso ante el TSJRM, Casa Pintada alegaba que el auto se extralimitaba, al pronunciarse sobre extremos que eran más propios del juicio.

Además, indicaron que necesitaban el pago de esa suma para poner fin a la situación de concurso de acreedores acordado por un juzgado de lo mercantil de Murcia en abril de 2017.

Finalmente, exponian que los convenios se firman para cumplirlos y que en el auto recurrido no se hacía una correcta ponderación de los intereses en conflicto.

El ayuntamiento de Mula, al oponerse a la estimación del recurso, señaló que el convenio no fijaba unas obligaciones concretas de gasto, ya que el aspecto económico estaría en función del plan de actividades de la Fundación Casa Pintada y de sus propias posibilidades financieras.

La sentencia del TSJRM, que tiene como ponente a la magistrada Gema Quintanilla, afirma que la medida cautelar no es necesaria para asegurar el cumplimiento de la sentencia que pueda recaer en este caso al no existir riesgo de imposibilidad futura del ayuntamiento en el supuesto de que se estimara la demanda.